Facturación y Registración
Expositor:
Cra. Miriam Cristina CAMPASTRO
Fecha y Hora:
Miércoles 27 y jueves 28 de julio de 16:30 a 21:00 hs.
Área: Tributaria y Previsional: 9 créditos
Objetivos:
Se propone, a través de este curso, efectuar un análisis de la normativa referida a emisión y registración de comprobantes, destinado principalmente al joven profesional que debe enfrentarse con toda esta normativa.
También se analizarán las obligaciones adicionales que debe observar el obligado, referido tanto a aspectos formales como a regímenes de información vigentes.
PROGRAMA DETALLADO:
- Evolución en el tiempo de las obligaciones formales referidas a facturación y registración.
- Diferentes maneras de emitir comprobantes: preimpresos, autoimpresores, controladores fiscales, factura elecrtónica.
- Los comprobantes “clásicos”: factura, recibo, nota de debito, nota de crédito, ticket, ticket factura A, ticket factura B.
- Los comprobantes “equivalentes” o comprobantes no tan clásicos.
- Sujetos según el Impuesto al Valor Agregado: Responsables Inscriptos, Exentos y no alcanzados, monotributistas y consumidores finales.
- Alcance de la RG 1415: Sujetos y operaciones comprendidas.
- Emisión con controladores fiscales: sujetos y operaciones comprendidas. Controladores fiscales de vieja tecnología y de nueva tecnología.
- Autoimpresores:
- Quienes pueden ser autoimpresores.
- Que significa ser autoimpresor.
- Excluidos de emitir comprobantes según la RG 1415. (Anexo I RG 1415)
- Reparticiones del Estado
- Prestadores de servicios de correos y encomiendas
- Prestadoras de servicio de teléfono publico
- Entidades financieras y otras
- Prestadoras, concesionarias o permisionarias de servicio de transporte público de pasajeros.
- Productores, acopiadores o cooperativas de productores por venta de productos primarios
- Empresas de espectáculos públicos, juegos mecánicos y/o electrónicos, parques de diversiones, bailes, confiterías y similares
- Concesionarios de billetes de lotería, prode, quiniela y otros juegos de azar
- Directores, síndicos, consejeros, socios gerentes o administradores y fideicomisarios.
- Honorarios percibidos por vía judicial
- Entidades exentas del Impuesto a las Ganancias
- Venta de fichas o tarjetas para estacionamiento en la vía pública
- Empleados en relación de dependencia y servicio doméstico por hora.
- Ventas que no superen los $ 10.-
- Entidades emisoras y/o administradoras de tarjeta de crédito y/o compra
- Locación de inmuebles
- Maquinas expendedoras automáticas
- Concesionarios o mandatarios del sistema nacional de aeropuertos
- Casos en que no procede la exclusión.
- Identificación de los comprobantes según emisor y según destinatario: A, B, C, E.
- Momento de emisión y entrega de comprobantes.
- Cantidad de ejemplares a emitir y destino.
- Formalidades de los comprobantes: medida, datos que deben contener, código de barras, punto de venta, código de comprobante. (Anexo II RG 1415, RG 100/98 ).
- Datos del comprador, locatario o prestatario, y de la operación efectuada. (Anexo II RG 1415)
- Emisión de comprobantes en moneda extranjera.
- Situaciones especiales: (Anexo IV RG 1415)
- Compra de bienes de uso por un grupo de adquirentes
- Notas de crédito y debito
- Notas de pedido y documentos análogos
- Operaciones de exportación bajo el régimen de exportación simplificado.
- Operaciones por cuenta de terceros
- Operaciones que requieren el uso de más de un ejemplar en el mismo tipo de comprobante.
- Pago de operaciones mediante tarjetas de crédito, compra y /o debito.
- Percepción de ingresos por peaje
- Pesaje de productos de la actividad agropecuaria
- Recibos
- Reintegro del Impuesto al Valor Agregado a turistas extranjeros
- Solicitud de autorización para discriminar el IVA en comprobantes emitidos a consumidores finales.
- Agentes de bolsa y de mercado abierto
- Compra de bienes usados a consumidores finales para su reventa
- Concesionarios del sistema nacional de aeropuertos.
- Constancias de crédito fiscal.
- Distribuidores de diarios, revistas y afines
- Entidades deportivas, culturales, sociales, etc. incluidas en los incs. f, g y m del art. 20 de la Ley de Imp. A las Ganancias
- Establecimientos de enseñanza privada
- Farmacias
- Honorarios de profesionales
- Instituciones de asistencia médica privada.
- Locaciones de cosas muebles o inmuebles cuyo importe se percibe a través de intermediarios
- Prestadores de servicios postales – Courier
- Salones de baile, discotecas, bailantas y similares.
- Servicios privados de recolección de residuos
- Servicios públicos (gas, electricidad, teléfono, agua., etc)
- Intermediación en la compraventa de vehículos automotores y motovehículos usados a través de mandatos, comisiones, consignaciones y afines. (RG 1997/06)
- Otras situaciones especiales
- Comprobantes clase “M” y “A con CBU informado”. (RG 1575/03). Sujetos obligados. Características de cada comprobante. Régimen de información.
- Solicitud de impresión de comprobantes: alcance y procedimiento. Habilitación de punto de venta.
- Documentación que respalda el traslado de bienes. (Anexo V RG 1415).
- Remitos “R” y “X”
- Formalidades.
- Comprobantes Electrónicos (Factura electrónica).
- Distintos regímenes vigentes.
- Sujetos obligados y obligaciones a cumplir
- Manera de emisión de los comprobantes electrónicos
- Formalidades de los comprobantes electrónicos
- Régimen de registración de comprobantes. Libros que deben llevarse. Formalidades. Cuando y como deben registrarse las operaciones. Registros electrónicos.
- Régimen de información CITI Compras y CITI Ventas.
- Otras obligaciones de tipo formal a ser cumplidas.
Aranceles:
1) Profesionales con cuota de D.E.P. al día: sin cargo
2) Profesionales no incluidos en el punto 1.: $ 950.-
3) Estudiantes avanzados con tarjeta beneficios: sin Cargo
3) Estudiantes avanzados sin tarjeta beneficio: $ 400.-
Lugar de realización: Salón Abaco – Av. Belgrano 1461 – Salta
El presente curso se trasmitirá por Videoconferencia en las Delegaciones de Cafayate, Orán, Metán, Tartagal y Rosario de la Frontera.