Provincias no podrán retener impuestos sobre base presunta
Las provincias no podrán aplicar regímenes de retención, retención bancaria y percepción a contribuyentes que hayan incluido en el padrón del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en base a presunciones.
La Resolución General 3/10 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, que rige el reparto del Impuesto a los Ingresos Brutos entre las provincias cuando un contribuyente tiene actividad en varias, obliga a las jurisdicciones a que dejen de exigir esos regímenes de recaudación a partir del 1 de mayo próximo.
Especialmente en la mira de la Comisión Arbitral estuvo la provincia de Buenos Aires, muy cuestionada por las presunciones por las que decide que un contribuyente tiene que tributar en su jurisdicción, ya en otras resoluciones de la entidad de meses pasados.
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