Confirmado: la Corte declaró ilegal renta presunta y frenó embargos de la AFIP que no tengan orden de juez
El Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del inciso quinto del artículo 18 de la ley 25.239, que permitía al organismo disponer medidas cautelares - tales como embargos- con el único requisito de avisar al juez interviniente.
Afirmó que violenta el principio constitucional de división de poderes, la tutela judicial efectiva y la defensa en juicio. Con el objetivo de no afectar la normal percepción de la renta pública, el fallo dispuso la validez de lo actuado por la AFIP hasta el presente sin perjuicio de las revisiones judiciales pertinente, pero dejó en claro que en lo sucesivo el organismo recaudador no podrá disponer este tipo de medidas".
Así, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de Salta en la causa "Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal" y declaró la inconstitucionalidad del inciso. 5º del artículo 18 de la ley 25.239 (sustitutivo del art. 92 de la ley 11.683), que facultaba a la AFIP a disponer embargos sobre deudores del fisco con el sólo recaudo de informar al juez asignado a la causa.
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