IVA. Préstamo para Vivienda. Intereses. Exención Su tratamiento. Dictamen de Asesoría Técnica 60/2009.
DAT 60/2009. Se concluye que la exención en el Impuesto al Valor Agregado de los intereses de préstamos para vivienda concedidos por el FONAVI y los correspondientes a préstamos para compra, construcción o mejoras de viviendas destinadas a casa-habitación, está dirigida a inmuebles que constituyen o constituirán la única casa-habitación del tomador, por lo que no resulta aplicable si éste es propietario de otro inmueble susceptible de ser afectado a ese destino. En el caso de poseer sólo la nuda propiedad de otro inmueble pero no el usufructo, ello no obstaría a la procedencia de la exención porque no podría afectarlo a vivienda propia ...
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