Registro de Operaciones Inmobiliarias
Una empresa agropecuaria va a arrendar campos para siembra de granos para consumo propio siendo el arrendador monotributista. Cuando el inmueble rural supera las 30 hectáreas el arrendador debe empadronarse en un registro que la A.F.I.P. lleva a tal fin. ¿Corresponde que el propietario del inmueble cumpla con el régimen de información de la Resolución General Nº 2820, ya que al ser monotributista no sería sujeto pasible de retención de impuesto a las ganancias con la alícuota incrementada (28%)?
http://www.ele-ve.com.ar/Registro-de-Operaciones-Inmobiliarias,20594.html
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