Dictamen de Asesoría Técnica 16/2010. Ganancias. Reorganización de empresas. Escisión. Su tratamiento
Se entiende que la reducción del capital en un proceso de escisión no conlleva a la disminución del capital nominal o del capital social de la entidad que se divide, sino la mengua de su patrimonio neto, por lo tanto sólo deberá exigirse tal sustracción respecto de este último concepto, interpretándose que tal evento dará origen al patrimonio de la otra firma que surge del acto ...
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