La AFIP definió la feria fiscal de invierno
El fisco nacional determinó que entre el 11 y el 22 de julio próximo no se computarán los plazos procedimentales de las obligaciones tributarias
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) definió la feria fiscal de invierno.
La medida se oficializó mediante la publicación de la resolución general 3130 publicada en el Boletín Oficial.
Mediante la nueva normativa, el fisco nacional estableció que entre el 11 y el 22 de julio próximo no se computarán los plazos procedimentales de las obligaciones tributarias. Para acceder al texto completo de la resolución haga clic aquí.
Por otra parte, la feria fiscal no modifica los términos de prescripción de las acciones y poderes de la AFIP.
Fuente: iProfesional.com
Puede compartir esta entrada usando sus redes sociales: