Modificación de cobertura del Fondo Solidario de Alta Complejidad FACPCE

Se informa a los colegas que la Junta de Gobierno de la FACPCE, en reunión realizada el 01 de abril del corriente año, ha dispuesto una importante reestructuración del Fondo Solidario de Alta Complejidad, que afecta directamente a los matriculados de nuestro Consejo; la decisión genera diversos inconvenientes y, en definitiva la Resolución Nº 628 de Mesa Directiva de la Federación no se ajusta a las pautas establecidas por la Junta de Gobierno y ha generado el rechazo de la misma por parte de los Consejos de Córdoba, Santa Fe, Salta y Entre Ríos, motivando la presentación de una nota al Presidente de la FACPCE en defensa de los derechos y de la protección de la salud de los matriculados; para conocimiento de la matrícula, se brindan detalles sobre esta cuestión y se da a conocer la nota enviada al Presidente de la Federación.

Paraná, Junio de 2011

Estimados Colegas:

Informamos a Uds. que la Junta de Gobierno de la FACPCE, en reunión realizada el 01 de abril del corriente año, ha dispuesto una importante reestructuración del Fondo Solidario de Alta Complejidad, que afecta directamente a los matriculados de nuestro Consejo.

Recordamos que la FACPCE, en el año 2010, mediante Resolución 401/10 había limitado las prestaciones del Fondo Solidario para aquellos Consejos que poseen Departamentos de Servicios Sociales y /o Sistemas de Salud, como el caso de nuestro Consejo, situación que fue informada oportunamente.

Esta nueva reestructuración, que no contó con el voto favorable de nuestro Consejo, impacta principalmente en la cobertura de Trasplantes, dado que los valores que pretenden ser reconocidos a partir del 01 de junio de 2011, carecen de significación si se los compara con los valores reales de las prestaciones.

En la reunión de Junta de Gobierno que aprobó la reestructuración del Fondo de Alta Complejidad, se dispuso también que los montos y topes de las nuevas prestaciones aprobadas, serían reglamentados por la Secretaría de Servicios Sociales de la FACPCE.

En ese sentido se convoca a reunión de la Secretaría para el día 20 de mayo de 2011, a la cual concurren representantes de nuestro Consejo. En la misma se resuelve aprobar los Anexos que reglamentarán las nuevas prestaciones, a excepción del correspondiente a Trasplantes por no lograr acuerdo en los montos propuestos, resolviendo mantener para éstas prestaciones la cobertura vigente hasta el momento y elevarlo a consideración de la próxima reunión de Junta de Gobierno a realizarse en el mes de julio.

No obstante la Resolución de la Secretaría de Servicios Sociales, la Mesa Directiva de la FACPCE mediante Resolución N°628/11 aprueba el nuevo Reglamento del Fondo Solidario y sus Anexos ad referéndum de la Junta de Gobierno, incluido también el Anexo I, con los valores para Trasplantes que habían sido rechazados por los miembros de la precitada Secretaría; entrando consecuentemente en vigencia a partir del día 01 de junio de 2011 la nueva cobertura del Fondo Solidario de Alta Complejidad, la cual se indica a continuación:

 IMRT (Radioterapia Intensiva Modulada) para cáncer de próstata/cuello de útero/otros. Valor Tope a cubrir $20.000

 Cobertura de Avastin para el tratamiento de la maculopatía degenerativa relacionada a la edad: hasta $2.000 por ojo y hasta dos aplicaciones.

 Genética: marcadores de enfermedad oncológicas. Valor Tope de $100 y tope $800 por año por grupo familiar.

 Medicamentos biológicos (monoclonales y otros) cuando son prescriptos con criterio médico discutible en enfermedades oncológicas: 50% del valor fijado en el Vademécum Farmacéutico.

 Tratamiento oncológico alternativo.

 Valvuloplastía percutánea o Reemplazo Valvular Percutáneo. Valor Tope de $40.000.

 Trasplantes e implantes: Otorgar un subsidio, por única vez, reconociendo Trasplantes de: Corazón, riñón, hígado, médula ósea, córnea, cardiopulmonar, páncreas, reno-pancreático, intestino y huesos e Implante: Cocleares y de piel autóloga con técnicas de cultivo in vitro. Se considerará el otorgamiento de una renta diaria por internación de hasta pesos Seiscientos ($ 600), con un máximo de 30 días.

Para una información más detallada de las nuevas coberturas puede acceder al siguiente link: http://www.facpce.org.ar/web2011/prestaciones.html

Indudablemente estamos en presencia de una decisión de Mesa Directiva de la FACPCE que no se ajusta a lo ordenado por la Junta de Gobierno, quien había facultado expresamente a la Secretaría de Servicios Sociales, en su carácter de órgano específico, a realizar las adecuaciones que correspondieren al Reglamento del Fondo y sus Anexos.

Esta decisión de Mesa Directiva genera diversos inconvenientes entre los que cabe señalar, por su implicancia, la falta de consideración sobre la opinión emitida por los integrantes de la Secretaría de Servicios Sociales, ya que se desconoce lisa y llanamente su dictamen especializado sobre la temática en cuestión.

En definitiva consideramos que la Resolución Nº 628 de Mesa Directiva no se ajusta a las pautas establecidas por la Junta de Gobierno y ha generado el rechazo de la misma por parte de los Consejos de Córdoba, Santa Fe, Salta y Entre Ríos, motivando la presentación de una nota al Presidente de la FACPCE en defensa de los derechos y de la protección de la salud de los matriculados.

Se adjunta el texto completo de la nota enviada al Dr. Paganetti, Presidente de la FACPCE.

Texto completo de Nota enviada al Dr.Paganetti (Descargar)

Fuente: CPCE Entre Ríos