Importantes fallos sobre cobro de honorarios judiciales El Consejo pone al alcance los profesionales matriculados dos fallos judiciales referidos a la facultad del Perito de accionar contra cualquiera de las partes para el cobro de sus honorarios.
En el primer caso el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nro. 18 del Departamento Judicial La Plata, en autos caratulados “GALLEGO CARLOS SEBASTIÁN Y OTROS C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A Y ALONSO RAÚL EDUARDO S/ DAÑOS Y PERJ. POR USO AUTOMOT.(C/LES.O MUERTE)(SIN RESP.EST.)” Expte 12869, entendió que el perito, en su condición de auxiliar de la justicia, puede perseguir el cobro de sus honorarios de cualquiera de las partes, con independencia de quién haya resultado condenado en costas.
En el segundo fallo que compartimos, y en el mismo sentido se expidió el Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 1 del Departamento Judicial Olavarría, en autos caratulados “PALACIOS CARLOS ALBERTO C/FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A. S/DAÑOS Y PERJUICIOS” Expte 34375