Comunicación BCRA A 5351. Entidades Financieras. Moneda Extranjera. Puertos y Aeropuertos Internacionales. Restricciones. Su modificación
Se establece que sólo las entidades financieras públicas podrán abrir y/o mantener casas operativas (sucursales y/o dependencias especiales de atención al público) en puertos y aeropuertos internacionales, las cuales no podrán comprar moneda extranjera por importes mayores a los US$ 500. ...
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