Ley 26790. Código Procesal Civil y Comercial. Recurso Extraordinario. Salto de Instancia. Su incorporación
Se incorpora al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, el recurso extraordinario por salto de instancia que será procedente en aquellas causas de competencia federal en las que se acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, que por su trascendencia queden comprometidas las instituciones básicas del sistema republicano de gobierno o los principios y garantías del mismo. ...
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