Dictamen de Asesoría Técnica 5/2012. Impuesto al cheque. Proveedores. Pago. Deposito en efectivo. Tratamiento
El fisco determina que para el caso en que por exigencias de un proveedor, la cancelación de obligaciones se efectué mediante el depósito de dinero en efectivo en sus propias cuentas bancarias, dicha operatoria configurara un sistema de pagos organizado, hallándose además el elemento habitualidad, resulta alcanzado por el impuesto a los débitos y créditos, debiendo ingresar el gravamen la propia contribuyente que realiza dichos pagos. ...
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