Resolución UIF 489/2013. Lavado de Dinero. Automotores, motovehículos y otros. Compraventa. Medidas y procedimientos
Se modifican las medidas y procedimientos que las personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de motovehículos de 2, 3 ó 4 ruedas de 300 cc. de cilindrada o superior, automóviles, camiones, ómnibus, microómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial autopropulsados, y que deban observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Res. 31/2012)
Puede compartir esta entrada usando sus redes sociales: