Catamarca – Ley 5377. Regularización Tributaria. Régimen excepcional y transitorio. Se establece un régimen excepcional y transitorio de regularización tributaria al cual podrán acceder los contribuyentes y/o responsables del pago de tributos, sus recargos, actualizaciones, intereses y multas, respecto de aquellas obligaciones no prescriptas devengadas y adeudadas al 30/09/2013 correspondientes a los impuestos inmobiliarios, del Automotor, de Sellos y sobre los Ingresos Brutos.
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