Resolución General AFIP 3599/2014. Comercio Exterior. Ventanilla Única
Se implenta la Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE), como única vía de ingreso y tratamiento de la información relativa a operaciones de comercio exterior. Sujetos alcanzados:Organismos gubernamentales, Entidades del sector privado relacionadas con el comercio exterior y Operadores de comercio exterior inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros.
Vigencia: 01/03/2014
Aplicatoriedad: conforme cronograma en sitio web fiscal
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