Declaraciones Juradas vía Internet
El sistema “Declaración en línea” permite la confección de declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social. Este sistema es obligatorio para empleadores que ocupan hasta 25 trabajadores registrados y opcional para sujetos que registren entre 26 y 50 empleados. Con el fin de optimizar los servicios y facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales por Res. Gral. AFIP 3612 se modifica la Res. Gral. AFIP 2192/07 se la siguiente manera:
a) Sustitúyense en el segundo párrafo del Artículo 1° las expresiones “VEINTICINCO (25)” y “CINCUENTA (50)”, por las expresiones “CIEN (100)” y “DOSCIENTOS (200)”, respectivamente.
b) Sustitúyense en el tercer párrafo del Artículo 1° las expresiones“ VEINTISEIS (26)”, “CINCUENTA (50)” y “VEINTICINCO (25)”, por las expresiones “CIENTO UN (101)”, “DOSCIENTOS (200)” y “CIEN (100)”, respectivamente.
c) Sustitúyese en el Artículo 2° la expresión “CINCUENTA (50)”, por la expresión “DOSCIENTOS (200)”. Vigencia: a partir del 16 de abril y de aplicación respecto de las presentaciones de declaraciones juradas (F. 931) originales o rectificativas de períodos devengados abril 2014 y siguientes.