Resolución General CNV 636/2014. Oferta pública. Mercados y Cámaras compensadoras. Transferencias al exterior. Inmovilización. Plazo


Se dispone la inaplicabilidad del plazo que los Agentes deberán abstenerse de ordenar transferencias a entidades depositarias del exterior de valores negociables objeto de operaciones de compra, recibidos por sus titulares como consecuencia de procesos de colocación primaria, así como tampoco en caso de tratarse de valores negociables recibidos en canje de otros efectuado por el emisor (Norm. NT 2013 y modif)

Nov. Nac. CNV 636