Resolución General 3711/2015. AFIP. IVA. Actividades. DDJJ. Servicio on line

 

Se establece que los sujetos que efectúen ventas de bienes y/o locaciones de servicios que por sus características no requieran el ingreso de datos específicos y/o posean determinadas particularidades, deberán determinar y presentar la DDJJ del Impuesto al Valor Agregado (IVA) mediante la página web fiscal con CLAVE FISCAL
Contribuyentes: 1) Empresas promovidas y sus Proveedores; 2) Exportadores; 3) Que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital; 4) Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias; 5) Régimen Agropecuario con Pago Anual; 6) Inversiones para bosques cultivados; 7) Biocombustibles; 8) Fuentes renovables de energía destinadas a la producción de energía eléctrica y 9) Central Nuclear Embalse (Res. Gral. 715/1999)
Servicio: "Mis Aplicaciones WEB”, “F2002 IVA por Actividad”
APLICATORIEDAD. DDJJ
Nov. Nac. AFIP 3711