Resolución General AFIP 3740/2015. Ganancias. Futbolistas Profesionales. Derechos económicos. Cesión


Se establece que los contratos que se celebren a partir del 01/05/2015, inclusive, podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado, no pudiendo conceder a terceros el derecho de participar, parcial o totalmente, del valor del futuro traspaso de un jugador de un club a otro u otorgarles derechos relacionados con futuros fichajes o con el valor de futuros fichajes (Res. Gral. 3432/2013)

Nov. Nac. AFIP 3740