La normativa de Precios de Transferencia y la falta deprevisión en la aplicación de enfoque segregado o global
El autor realiza un análisis de la normativa específica en la Argentina sobre Precios de Transferencia, que debe ser presentada a la AFIP ocho meses después del cierre del ejercicio del contribuyente y en el cual se debe concluir si esas transacciones fueron pactadas o no como entre partes independientes, es decir que no fueron manipulados los precios entre cliente y proveedor para disminuir la base imponible del Impuesto a las Ganancias
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