La FACPCE hizo pública una serie de propuestas al nuevo Presidente de la Nación
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas dio a conocer un Documento Técnico, que incluye su visión, sugerencias y propuestas en materia tributaria para el Gobierno que asume este mes.
“En base al relevamiento realizado en las distintas jurisdicciones, hemos canalizado las inquietudes y sugerencias profesionales en materia tributaria que requieren de una especial atención por parte de las próximas autoridades“, indica el documento.
Lo propuesto por la FACPCE en lo referido al Impuesto a las Ganancias señala como puntos relevantes la equiparación de las deducciones personales para trabajadores autónomos y empleados en relación de dependencia; la adecuación de los tramos de la escala del Impuesto a las Ganancias (Art 90); la adecuación de mínimos y escala para la retención a proveedores (RG 830); el ajuste por inflación de los conceptos deducibles referidos a años anteriores; el incentivo a la inversión a través de la amortización acelerada de bienes de uso; y el cómputo del 100% del Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios, como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
Otro de los items que plantea la Federación en este documento que hizo público, se refiere a la Seguridad Social, en el que plantea una adecuación del límite de ingresos de $ 48.000.000, a partir del cual se incrementan del 17 % al 21 % las contribuciones previsionales (Dto. 814/2001).
Sobre el Monotributo, la FACPCE sugiere una adecuación del límite de ingresos y de los importes a pagar correspondientes a cada tramo del Monotributo, ya que entiende que la falta de actualización de los montos máximos de ingresos para permanecer en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, hace que aumenten los contribuyentes forzados a abandonar este Régimen.
El Documento Técnico no es sólo un listado de los enunciados antes descriptos, sino que además incluye las sugerencias que desde la institución se creen convenientes para la puesta en vigencia de cada una de las prouestas.