Salta – Resolución General N°26 – Establece el día 01 de Febrero de 2.016 como fecha a partir de la cual podrá tramitarse la obtención de constancias de exención -F-600 o F-601- del Impuesto a las Actividades Económicas para el período fiscal 2.016. Las constancias de exención emitidas para el año 2.015 serán consideradas como constancia de no retención/no percepción, a partir del 1º de Enero de 2.016 y hasta el 31 de Marzo de 2.016.
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