Comunicación BCRA A 5886. Entidades Financieras. Clientes. Información. Medios electrónicos Se dispone que las Entidades financieras, Emisoras de tarjetas de crédito y/o compra y otros, deberán implementar medios de comunicación sus clientes por medios electrónicos, tales como: correo electrónico, telefonía, banca por Internet -“home banking”-, cajeros automáticos y terminales de autoservicio. Excepciones

Nov. Nac. BCRA 5886