AFIP Resolución General N° 3832
A partir de la publicación de la Resolución General N° 3.832 el 3 de marzo último, se deja sin efecto a la R.G. N° 3.358, la cual establecía ante determinados incumplimientos, la temida cancelación del CUIT. De más está hablar de los usos y abusos que se hizo desde este mecanismo y de las complicaciones que se generaron para los profesionales.
Es así que se reemplaza por un procedimiento de evaluación periódica de contribuyentes y responsables, que acarrearán limitaciones de accesos a servicios con clave fiscal y a determinados trámites. Ésta será realizada de manera sistemática y se verá reflejada en los "Estados Administrativos de la CUIT".
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