Circular AFIP 4/2016. Empleados. Ganancias. Cese Laboral. Gratificación. Tratamiento Fiscal Se aclara que el pago realizado en concepto de gratificación por cese laboral por mutuo acuerdo (Art. 241 LCT), no se encuentra alcanzado por el impuesto a las ganancias. Exclusión del régimen de retención Res. Gral. 2437/2008. AFIP y modif.
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