Ley 27328 y Decreto 1203/2016. Contratos de Participación Público-Privada Los contratos de participación público-privada son aquellos celebrados entre los órganos y entes que integran el sector público nacional (en carácter de contratante), y sujetos privados o públicos en los términos que se establece en la presente ley (en carácter de contratistas) con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica. Objeto: una o más actividades de diseño, construcción, ampliación, mejora, mantenimiento, suministro de equipamientos y bienes, explotación u operación y financiamiento. Tope de los proyectos establecido en el Presupuesto General de la Nación

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