Resolución General AFIP 3997. E/2017. Procedimiento. Medios de pago. Cronograma. IVA. Alícuota. Retención. Baja Se establecen diversas medidas en relación a la obligatoriedad y su implementación de aceptar determinados medios de pago (tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes) por operaciones de venta de cosa muebles, servicios y otros (Ley 27253, Dec. 858/2016 y Res. Gral. 140/1998) Cronograma. Obligatoriedad: 1) Inscritos en IVA: 30/04/2017 al 31/12/2017 y 2) Monotributistas: 31/12/2017 al 31/03/2018 Excepciones: * Localidades de hasta 1.000 habitantes. * Montos hasta $ 10 Condición de cumplimento: totalidad de las operaciones que realicen IVA. Retención. Alícuota: 0,50 al 3 por ciento Vigencia: 23/02/2017

AFIP 3997