Decreto 1058/2017. Jubilaciones y Pensiones. Subsidio extraordinario Se otorga un subsidio extraordinario, por única vez, a los beneficiarios de las prestaciones: Básica universal; Compensatoria; Retiro por invalidez; Pensión por fallecimiento; Adicional por permanencia; Eedad avanzada; Pensión No Contributiva por vejez o invalidez; Pensión Universal para el Adulto Mayor y la Asignación Universal por hijo y otros (Leyes 24.241, 27.260 y 24.714) Montos: de $ 750 a $ 375. Pago: Marzo 2018

DECRETO 1058