Decreto 51/2018
Se fija un cupo de importación global de TRESCIENTOS CINCUENTA (350) ómnibus nuevos que utilicen una tecnología de motorización alternativa a los motores convencionales de combustión interna, entendiendo como tales a los propulsados por un motor eléctrico exclusivamente, que tributen derechos de importación extra-zona reducidos, para el período de vigencia de la presente medida
DERECHO DE IMPORTACIÓN EXTRAZONA (D.I.E.) - ÓMNIBUS ELÉCTRICOS
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