Decreto 93/2018. Sector Público. Presidencia. Ministros. Parentesco. Designaciones
Se dispone que no podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro.
Entes comprendidos. Excepciones de cargos
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