Cobro indirecto de Honorarios Profesionales en Derecho de Certificación de Firmas
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta comunica a sus profesionales que a partir del 03 de Abril de 2018, el cobro de los Honorarios Profesionales para el Contador Público, por las actuaciones clasificadas como Tipo “D”, se deberá realizar a través del sistema de cobro indirecto (RG 2904).
Los distintos encargues profesionales tipificados como Tipo “D”, en módulos, se clasificarán como tal, teniendo en cuenta el grado de experiencia y conocimiento requerido para la ejecución de una tarea.
Experiencia y conocimiento requerido | ||
Alto | Medio | Bajo |
12,5 Módulos | 10 Módulos | 7,5 Módulos |
Dentro de los factores que influyen en la determinación del Honorario Mínimo Obligatorio se tendrá en cuenta:
- La naturaleza y complejidad de los trabajos a realizar
- El tiempo a invertir para su realización
- La urgencia en la terminación del mismo
- Las características propias del cliente y la importancia de los intereses en juego
- El nivel de especialización que requiere el tema a tratar y la responsabilidad a asumir
- Los costos de infraestructura y los propios de la tarea a ejecutar
- El grado de experiencia del personal involucrado
Por otra parte informamos que el valor del módulo para los Honorarios Mínimos, es de Pesos Doscientos Cuarenta ($ 240). Fijándose en cero por ciento (0%) la percepción sobre Honorarios Profesionales a que se refiere el Artículo 49 de la Ley N° 4.582.