Jubilaciones y pensiones. Reajuste de haberes. Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, el cual establece que es aplicable a los haberes devengados entre el 1/7 y el 29/12/17. Se ordena a la demandada a reliquidar los haberes del actor, correspondientes a ese período, conforme lo dispuesto por la Ley 26.417. Fernández Pastor Miguel Angel c/A.N.Se.S. s/amparos y sumarísimos, C.F.S.S., Sala III….

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