Resolución General AFIP 4262/2018. Deudas Fiscales. Ejecución fiscal. Embargo. Libramiento Se establece que los contribuyentes y/o responsables que tengan medidas cautelares trabadas por orden judicial en el marco de un juicio de ejecución fiscal, podrán cancelar las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social reclamadas con las sumas embargadas (Leyes 11.683, 27.430 y Disp. 91/2018) Procedimiento: 1) Sistema de «Cuentas Tributarias» o 2) Con intervención de representante fiscal Vigencia: 18/06/2018
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