Resolución General AFIP 4286/2018. Ganancias. Cuarta categoría. Cargas de Familia. Deducción. Informe. Cómputo. Límite por progenitores Se realizan las siguientes modificaciones en relación con las condiciones del cómputo en la deducción admitida en concepto de cargas de familia de personas humanas contribuyentes del impuesto a las Ganancias (Leyes 27.160 y 27.346 y Res. Gral. 4003/2017 y modif.) 1) Informar desde (SiRADIG) – TRABAJADOR que por las personas a su cargo no percibe, de corresponder, prestaciones del Régimen de Asignaciones Familiares y 2) Limitación de cómputo de deducción de carga de familia por hijos menores: 2.1) 50% del monto: ejercida por los DOS (2) progenitores y ambos perciban ganancias imponibles 2.2) 100% del monto: ejercida por UN (1) progenitor Vigencia: 27/07/2018 Aplicatoriedad: Período fiscal calendario 2018
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