Resolución General AFIP 4358/2018. Ganancias. Tercera categoría. Deducciones. Créditos incobrables de escasa significación. Monto Se eleva de $ 10.000 a $ 45.000 el importe máximo de los créditos morosos de escasa significación originados en operaciones comerciales, que resultan deducibles de las rentas de tercera categoría en el impuesto a las ganancias (Res. Gral. 1457 y modif.) Aplicatoriedad: ejercicios fiscales cerrados a partir del 13/12/2018
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