Resolución General Conjunta 4366/2018. AFIP. MPT. Facturación y Registración. MiPyME. Factura de Crédito Electrónica Se establece que los Agentes de retención deberán informar el importe de las retenciones, determinadas en función de los regímenes nacionales y/o locales aplicables a la operación respaldada mediante el «Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs». Porcentajes por jurisdicción del monto si normativa aplicable de la jurisdicción local no se encuentre armonizada y supuestos de aceptación tácita (Ley 27.400 y Dec 471/2018)
Puede compartir esta entrada usando sus redes sociales: