Decreto 1201/2018. Comercio Exterior. Exportadores. Servicios. Derecho Se fija un derecho de exportación del 12 por ciento a la exportación de las prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior. Límite: $ 4. Tratamiento diferencial para pequeños exportadpres y MiPyMEs (Leyes 22.415 -Código Aduanero- y 27.467) Vigencia: 01/01/2019 al 31/12/2020

DECRETO 1201