Disposición 1/2018. MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO. Sector Textil, Calzado y Marroquinería. Beneficio Art. 4 Dto. 814/2001. Ampliación de CCT. Se incorporan Convenios Colectivos de Trabajo, homologados por la Autoridad Competente, para ser beneficiados por lo dispuesto en el Artículo 4° del Decreto 814/2001 y que alcanza a empleadores de los sectores textil, de calzado y marroquinería.
Puede compartir esta entrada usando sus redes sociales: