Comercio exterior. Legislación aduanera. Procedimiento tributario. Contribuyente con inhabilitación de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), suspensión como agente de transporte aduanero (ATA), importador y exportador y operador de contenedores. La suspensión precautoria que establece el Código Aduanero opera de pleno derecho frente a las causales taxativamente contempladas en sus arts. 44, 61, 80 y 97. Investigación penal en curso. El procesamiento y embargo acarrean de por sí las suspensiones, ya que se trata de preservar la seguridad del Servicio Aduanero, el tráfico comercial internacional y cuestiones de interés público y no la aplicación de sanciones. Se rechaza la pretensión cautelar presentada por la actora. Marítima Heinlein S.A. c/E.N.-A.F.I.P.-D.G.A. s/medida cautelar (autónoma). C.N.CA., Sala II I….
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