Dictamen DiALIR 9/18. Impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras operatorias. Ley 25.413. Cómputo como pago a cuenta del impuesto a las ganancias hasta la finalización del ejercicio anual en orden cronológico, es decir, hasta agotar, tanto el débito como el crédito del mes más antiguo, por parte de micro y pequeñas empresas e industrias manufactureras consideradas medianas-tramo 1. Ley 27.264 y Dto. 1.101/16. El remanente no computado podrá trasladarse según lo previsto en el Dto. 380/01 -anexo, art. 13-….

DICT DIA 9