Resolución General AFIP 4673/20. Impuesto sobre los bienes personales. Ley 27.541 -arts. 28 a 34- y Dto. 99/19* -arts. 9 a 13-. Pago a cuenta correspondiente a los períodos fiscales 2019 y 2020. Personas humanas domiciliadas en el país y sucesiones indivisas radicadas en el mismo que posean en los períodos fiscales 2018 y 2019, respectivamente, bienes en el exterior sujetos a impuesto
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