Resolución General IGJ 14/20. Sociedades. Entidades administradoras de planes de ahorro bajo la modalidad de grupos cerrados. Automotores. Deberán ofrecer a los suscriptores ahorristas y adjudicados titulares de contratos, cuyo agrupamiento se haya producido antes del 30/9/19, la opción de diferir la alícuota y las cargas administrativas.
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