Resolución SDGTLI-AFIP 60/19. Impuesto al valor agregado. Exenciones. Venta de prótesis, asesoramiento técnico y provisión de elementos para su colocación para pacientes afiliados directos u obligatorios o matriculados, y su grupo familiar, de Colegios o Consejos Profesionales, cajas de previsión social y obras sociales, y contratadas por cooperativas, mutuales y entidades de medicina prepaga. Pacientes no derivados por obra social. Alícuota reducida. Pacientes particulares. Alícuota general.
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