Resolución 4838 de AFIP afecta el ejercicio profesional LA FACPCE Y LOS CONSEJOS PROFESIONALES PIDEN SU SUSPENSIÓN

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y los
24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país se reunieron para analizar la Resolución General 4.838 (B.O. 20/10/2020) mediante la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso la implementación de un “Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (nacionales e internacionales)”.

Luego de un profundo debate e intercambio de opiniones, la FACPCE y los Consejos Profesionales plantean:
a) Que la obligación de informar en cabeza de los asesores fiscales afecta su ejercicio profesional, el desarrollo de su actividad lícita, además de atentar contra su derecho/deber del secreto profesional.
b) Que la R.G. 4.838 resultaría violatoria del principio de legalidad y de otros derechos y garantías constitucionales.
c) Que colisiona abiertamente con las leyes que regulan el ejercicio profesional, porque pretende que los asesores fiscales aporten información protegida por el secreto profesional.

Por ello, teniendo presente que la actuación de la Administración Tributaria debe estar regida por el cumplimiento ético de la ley, garantizando plenamente en su ámbito los derechos y garantías que emergen del bloque de constitucionalidad federal, se señala:
a) Que hubiera sido deseable que la norma gozara de rango legal , tal como ocurre en varios de los países que han implementado recientemente regímenes análogos, como por ejemplo lo tiene previsto Alemania, país donde se respeta a ultranza el secreto profesional y se prohíbe cualquier divulgación por parte del asesor fiscal.
b) La suspensión de la vigencia de la Resolución General 4.838 hasta que se produzcan, establezcan y/o aclaren los motivos expuestos en la presentación realizada, reiterando como siempre nuestro ofrecimiento de un diálogo y trabajo conjunto por ser los directos intermediarios en la relación fisco-contribuyente.

Los interesados en revisar la nota presentada ante AFIP, la encuentran en: https://bit.ly/38ftyo7

Ver  RG 4838 vs3