Resolución General CA 4/2021. Convenio Multilateral. ISIB. Regímenes especiales. Comisionistas e Intermediarios. Jurisdicciones. Atribución Se interpreta el alcance en la distribución de los ingresos de determinados contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos con más de una sede, consultorio u oficina que tributan por el régimen del Convenio Multilateral (CACM 18.8.77) REGIMENES ESPECIALES. CRITERIO Sujetos: Rematadores, comisionistas u otros intermediarios, Oficina central: lugar o espacio físico permanente, donde se toman y/o ejecutan decisiones y/o acciones esenciales Intermediación. Alcance: comercialización de bienes -muebles, semovientes o inmuebles-. Exclusión de comercialización de servicios. Lugar de radicación bienes: jurisdicción donde están situados al momento de la comercialización. Ingresos. Distribución 20%. Criterios. Efectivamente soportados: oficina central en más de una jurisdicción Gastos computables: alcance Vigencia: 30/03/2021

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