Resolución ME 13/2023. Hidrocarburos. Productoras y terceros. Producción. Incrementos. Divisas. Disponibilidad. Condiciones Se aprueban las condiciones generales del «Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo” (RADPIP), “Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Gas Natural” (RADPIGN) y » Régimen de Promoción del Empleo, del Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera (RPEPNIH)” (Dec 277/2022 y 484/2022) 🛢Actividad: Hidrocarburifera 📃 Programas: Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo, del gas y promoción de Proveedores Regionales y Nacionales. 📌 Sujetos: Productoras (explotación) y terceros asociados 📍 Empresas Regionales (terceros): asiento principal del negocio por grupo económico se encuentre sobre la cuenca productiva donde brinde el servicio 📍 Empresas nacionales (terceros): asiento principal del negocio por grupo económico se encuentre por fuera de la cuenca productiva destinataria del servicio, en el territorio nacional. 📈 Objetivo: incrementar la producción 💵 Divisas. Acceso: Mercado único y libre de cambios sin restricciones 💸 Divisas. Destino: importaciones, dividendos o deudas al exterior o transferencia a proveedores directos del beneficiario 🔎 Condiciones: según programa 📅 Vigencia: 16/01/2023
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