Resolución 27/2023 ANSES. ESTABLECESE QUE EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY N° 24.241 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2023, ES DE DIECISIETE CON CUATRO CENTESIMOS POR CIENTO (17,04%).
Puede compartir esta entrada usando sus redes sociales: