Decreto 38/2025. Comercio Exterior. Agropecuarios y Agroindustrial. Derechos de exportación. Alícuotas. Eliminación y reducción. Condiciones
Decreto 38/2025. Comercio Exterior. Agropecuarios y Agroindustrial. Derechos de exportación. Alícuotas. Eliminación y reducción. Condiciones
Se disponen reducciones y eliminaciones del Derecho de exportación y Reintegro a la Exportación de determinados productos del sector agroindustrial. Posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) (Dec 557/2024, 697/2024)
🌐 Sector: Comercio Exterior
🚜 🏭 Productos: Agropecuario y Agroindustrial
💰 Gravamen: Derechos de Exportación
1️⃣ Alícuota CERO
👉 Economía regionales y productos listos para consumo: 0% (Anexo I)
2️⃣ Alícuota reducida
👉 Soja, Trigo, Cebada, Maíz, Sorgo y derivados: 26 al 5,5% (ant 33 al 7%) (Anexo II)
🔎 Requisitos y Condiciones:
✅ Registro: DDJJ Ventas al exterior (DJVE) (Ley 21.453)
✅ Liquidación anticipada min 95% divisas: Plazo 15 días hábiles entre 27/01/2025 y DJVE
✅ Divisas. Concepto: cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y/o supuestos de prefinanciación y/o post financiación externa
📅 Reducción alícuota. Plazo: hasta 30/06/2025
📅 Vigencia: 27/01/2025