Resolución General AFIP 4573/2019. Ganancias. Instituciones Religiosas. Exención. Constancia Se establece un procedimiento simplificado a los fines que las instituciones religiosas, sus entidades dependientes y otros Cultos, obtengan el certificado de exención en el impuesto a las ganancias (Res Gral 2681) Certificado de exención. Validez: 2 años Vigencia: 06/09/2019 Aplicatoriedad. Solicitudes: a partir del 06/09/2018

AFIP 4573