Dictamen de Asesoría Técnica 34/2010. Ganancias. Fusión de sociedades. Reorganización
Se concluye que el requisito previo a la reorganización en el capital de las firmas antecesoras se considerara cumplido por los titulares de las mismas tanto absorbente como absorbida mientras conserven, por vía directa o indirecta durante los dos años anteriores a la fecha de la consabida reestructuración un importe de participación que constituya como mínimo el ochenta por ciento de los montos que poseían en los capitales accionarios de dichas sociedades predecesoras. ...
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